La ley de asociaciones gremiales señala que:
1. Los libros de actas deben llevarse al día.
2. Tienen acceso a los libros de actas los afiliados y el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.-
En general, las asociaciones gremiales llevan un libro de actas de juntas de socios, ordinarias y extraordinarias, y un libro de actas de directorio. Siendo éstos órganos colectivos, sus resoluciones y acuerdos deben quedar escritos en un medio denominado acta, que se formaliza a través de suscribirla, por regla general, por quienes desempeñan los cargos de Presidente y Gerente.
Es claro que las actas que han
