El próximo jueves 30 vence el plazo legal para declarar y pagar los impuestos a la renta. Un tema no menor en estos tiempos de crisis financiera y problemas de liquidez. A muchos les puede surgir la pregunta:
¿cómo pago el impuesto a la renta, si no tengo disponible? Pues, difiera su pago ciñéndose al procedimiento que paso a describri a continuación:Para optar a este beneficio, hay que solicitarlo
antes del 30 de abril de 2009 en la Unidad del SII correspondiente, a través del Formulario 2117, mediante el cual se obtiene del Director Regional respectivo un
"valor a diferir",
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