Es un tema que ha ganado una especial atención. En los noticieros de la TV y en la prensa escrita se han podido escuchar voces que hablan de este tema. Pero, ¿de qué se trata en realidad?
Es muy simple y tiene que ver con el
impuesto territorial. Todo bien raíz, agrícola o no agrícola, está afecto a este impuesto, que se contiene en la ley 17.235 (cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. 1 de 1998, del Ministerio de Hacienda). Este impuesto se calcula sobre el
avalúo fiscal del bien raíz, determinado por el Servicio
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