(Andes) El informe final del proyecto de ley de Comunicación, que consta para votación de la Legislatura ecuatoriana, contempla en uno de sus articulados sanciones para los funcionarios públicos que coarten la libertad de expresión.
El artículo 19, del capitulo de Derechos de libertad, establece que “queda prohibida la censura previa, esto es, la revisión, aprobación o desaprobación, por parte de una autoridad o funcionario público, de los contenidos previo a su difusión a través de cualquier medio de comunicación”.
“Las autoridades o funcionarios públicos que realicen censura previa o ejecuten actos conducentes a realizarla de manera indirecta, serán sancionados
... Leer más