La Justicia condenó a un comercio a pagar una indemnización por "daño emergente, daño moral y daño punitivo" a favor de un particular que había encargado la fabricación de un mueble de cocina que nunca se le entregó. El Tribunal descalificó las defensas esgrimidas por la demandada y recordó que la función del daño punitivo es “disuadir ulteriores hechos análogos”.
En Córdoba, la Cámara Primera Civil y Comercial confirmó una sentencia de grado que condenó a una mueblería a indemnizar por daño emergente, daño moral y daño punitivo a un particular que había encargado una alacena que nunca le fue
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