El Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, es un flagelo abominable penalizado por el Código Penal de Honduras, que en su artículo 321 reza lo siguiente:" “Será sancionado con reclusión de tres (3) a cinco (5) años y multa de treinta mil (L. 30,000.00) a cincuenta mil Lempiras (L, 50,000.00) quien haga objeto de discriminación a otra persona por motivo de sexo, raza, clase, religión, militancia partidista o política, adolecimiento de una discapacidad y cualquier otra lesiva a la dignidad humana. Si el responsable es extranjero se le expulsará del territorio nacional una vez
... Leer más