OTORGA UN REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO,
CONCEDE AGUINALDOS QUE SEÑALA, Y CONCEDE OTROS BENEFICIOS QUE INDICA,
Artículo 1o.-Otórgase, a contar del 1 de diciembre de 2011, un
reajuste de 5% a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, de los trabajadores del sector público, incluidos los profesionales regidos por la ley No 15.076 y el personal del acuerdo complementario de la ley No 19.297.
Artículo 2°.- Aguinaldo de Navidad. El monto del aguinaldo
será de $42.000 para los trabajadores cuya remuneración líquida percibida en el
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