Derecho de representación
El
derecho de representación constituye el fundamento o ratio por el cual el legislador ofrece la herencia a determinadas personas en defecto de otras. Se define como un especial modo de suceder en cuya virtud suceden al causante los descendientes en defecto o en lugar de su ascendiente, ocupando la posición jurídica que le correspondería si hubiera podido o querido heredar.
Desde el punto de vista subjetivo, se requiere la estricta pertenencia de causante, representado y representante a las líneas recta descendente y colateral.
El representante sucede directamente al causante, no a su ascendiente, de ahí que
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