En razón de la gran cantidad de uxoricidios ocurridos en nuestro país se ha aprobado en la Cámara de Diputados el delito de “femicidio”, que no es más que una especificación del delito de parricidio ya sancionado en nuestro ordenamiento jurídico con una de las penas más alta del Código Penal. Con la reforma a la ley de violencia intrafamiliar, ley 20.066 ya se había modificado el parricidio considerando al conviviente como sujeto pasivo del delito. El gran problema de haber agregado al conviviente es que este concepto es muy genérico y amplio por lo que atenta contra un principio
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