Esta
mañana el grupo Facebook “Abogados de Chile”,
publicó en sus noticias la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara la
inaplicabilidad por inconstitucional del artículo 595 del Código Orgánico de
Tribunales (COT), sobre la
institución del abogado de turno. El fallo
declaró la
inconstitucionalidad de la gratuidad de esta institución (considerando 68) y la
obligatoriedad de la figura del abogado de turno.
Todo nace al
amparo de un requerimiento de don Sergio Toloza Rodríguez (quien fue designado abogado del
turno en tribunales de familia) y el Presidente del Colegio de Abogados de Chile A.G.
Como bien sabemos,
en estos tribunales
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