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Según el calendario oficial, la propaganda electoral, correctamente definida en el artículo 30 de la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios, la fecha de inicio oficial para estas elecciones municipales es el
26 de septiembre.
Entonces me pregunté: ¿Y por qué ya tenemos muros pintados en la comuna?. Bueno, resulta que ahí radica el problema.
La ley define a la propaganda como "
la dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por cadidatos determiandos o apoyar a alguna de las proposiciones sometidas a prebiscito" (Artículo
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