Por
Luz Bulnes AldunateEl Presidente de la República por Mensaje N° 611-358 de 28 de Febrero de 2011 propuso que en el artículo 197 bis de la iniciativa, que modifica el Código del Trabajo, un subsidio que podrán percibir la madre o el padre y que “su base de cálculo (…) no podrá exceder a la cantidad equivalente a 30 unidades de fomento, al valor que tenga ésta al último día de cada mes anterior al pago, y en la determinación de su monto se consideraran siempre las remuneraciones de la madre independiente de quien haga uso del permiso. Este
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