TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL DECLARÓ INAPLICABLE NORMA DEL CÓDIGO TRIBUTARIO REFERIDA
A INFORMES CONTABLES EMITIDOS POR FUNCIONARIOS DEL SERVICIO DE
IMPUESTOS INTERNOS QUE REALIZAN LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA DEL
DELITO TRIBUTARIO Y AL QUE SE DE ASIGNA VALOR DE INFORME DE PERITOS.(*)
Santiago, 17
de junio de 2011.
Se solicitó
declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 163, letra e), inciso primero,
del Código Tributario, en una causa sobre delitos tributarios pendiente ante la
Corte de Apelaciones de Valdivia que, en su texto anterior a la reforma procesal
penal, dispone: “Los informes contables emitidos por los funcionarios del
Servicio de Impuestos Internos que realizaron
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