El acceso al correo electrónico ajeno está equiparado a la violación de la correspondencia tradicional y está penado por la ley con hasta seis meses de prisión.
Sin embargo, hay fallos judiciales -relativos al fuero laboral- que en cierto modo han avalado algún grado de control por parte de las empresas siempre y cuando éstas les avisen a sus empleados que serán sometidos a una vigilancia sobre el uso del correo electrónico corporativo.
Así planteado el tema, la discusión está entre el derecho a la privacidad del empleado y el derecho a la propiedad de la empresa o su empleador.
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