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Responsabilidad Social Empresarial

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 03/09/2008 at 12:46 AM

El sistema que estructura jurídicamente en Chile las relaciones de los distintos entes que interactúan bajo sus límites políticos, responde a una tradición histórica de país legalista. Sociológicamente hablando, la sociedad chilena busca arreglar y adecuar sus conductas a través de leyes, las que no siempre responden a la eficacia con la cual han sido concebidas. Es fácil darse cuenta entonces, que un porcentaje no menor de los chilenos actúa en el límite de la norma. En efecto, en cuanto a las relaciones entre individuos (personas o cuerpos intermedios), la norma jurídica establece la condición mínima. Un ejemplo clásico es

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"DE QUIEN DIABLOS SON LAS AGUAS 2.0"

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 30/08/2008 at 09:29 PM

Introducido el tema en "De quién diablos son las aguas" con las acertadas aclaraciones en los comentarios y el artículo anterior "Mito del uso de Recursos Hidricos por la Minería", que doy por reproducidas; abordaré cuáles son algunos de los aspectos más controversiales del sistema concesional vigente en Chile.


  •  Se habló que si bien las aguas son bienes nacionales de uso público, los particulares pueden ocuparlas parcialmente de modo exclusivo a través de un derecho de aprovechamientos de aguas  que se obtiene de un sistema de concesiones. Este derecho permite al particular usar, gozar y disponer de su derecho
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DE QUIEN DIABLOS SON LAS AGUAS

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 22/08/2008 at 12:37 AM

Tema, controversial este y no tan fácil de explicar como pareciera a simple vista.

De acuerdo a nuestra legislación (código civil y código de aguas), las aguas son bienes nacionales de uso público, lo que quiere decir que su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la nación. Podemos chapotear, beber y mojar los pies en todos los ríos, lagos y esteros que se nos antonjen, si no fuera por un pequeño detalle: en la práctica no es tan fácil.

La ley establece un mecanismo de derecho de aprovechamiento de las aguas por los particulares a través

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UNA IDEA COMPLETAMENTE EN DESARROLLO

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 02/08/2008 at 01:40 PM

Hace bastante tiempo me viene surgiendo una duda existencial y completamente ajena a mis ideas más  republicanas: he empezado a cuestionarme el principio de subsidiariedad.

Sin entrar a una clase de constitucionalismos y Derecho Público -de la cual no estoy capacitado para darla obviamente-, el principio de subsidiariedad, consagrado en el inciso 3° del primer artículo de la Constitución, señala que el Estado respeta la iniciativa privada para satisfacer las distintas necesidades de las personas, relegando su actividad a una supervigilancia y un amparo (subsidio-ayuda) de los mismos; interviniendo actívamente en aquellas áreas o materias que por su naturaleza

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News !!!

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 29/07/2008 at 10:01 AM

 

El primer Proyecto de Ley de para fomentar el uso de la bicicleta en el país recibieron de parte de parlamentarios y la asociación Ciclistas Unidos de Chile (CUCH) el Ministro Secretario General de la Presidencia, José Antonio Viera-Gallo, con la presencia del Intendente Metropolitano, Álvaro Erazo, en el Palacio de La Moneda.

Entre las medidas se contempla la creación de una normativa marco sobre el uso y promoción de la bicicleta; la implementación de una política pública de fomento de este medio de transporte y el establecimiento de derechos y obligaciones a los ciclistas.

A esto se agrega la

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El Tratado Antártico

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 05/07/2008 at 07:27 PM

Desde pequeños  nos han enseñado la tricontinentalidad de nuestro país,  de la presencia en Oceanía por medio del enclave nacional en isla de Pascua, y la dimensión antártica a propósito del territorio chileno antártico. Ambos circunscritos al sistema de divisón política de Chile.

La verdad es que nuestro territorio chileno antártico es en gran parte similar al territorio antártico argentino y, además, comparte cierta porción con el territorio británico antártico.

Esto se explica porque la Antártica no ha sido "repartida" soberanamente entre los distintos países del orbe. Existe un "congelamiento" de las pretensiones territoriales de las naciones; por lo que

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EL ROL DE LAS MUNICIPALIDADES

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 14/06/2008 at 04:12 PM

A pocos meses de una nueva elección municipal, me ha surgido la necesidad de analizar someramente el rol que juega este ente de la administración pública en la actividad medioambiental; más aun tomando en consideración su característica de órgano cercano a la población y con herramientas eminentemente ejecutivas.

En la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley de Bases del Medio Ambiente establecen una serie de facultades municipales referente a temás medio ambientales, como por ejemplo, en torno a la decisión de dónde construir, cuánto construir y cómo hacerlo dentro de los límites comunales; el aseo y el ornato de

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Normas de calidad ambiental y normas de emisión

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 08/06/2008 at 04:25 PM

Muchas veces en los noticieros o los distintos medios de comunicación escritos o radiales, hablan de las normas de calidad ambiental o las normas de emsión. A continuación les explico un poco de qué se tratan estos términos tan comunes últimamente.

Las normas de calidad ambiental son instrumentos de gestión ambiental que pueden ser de dos tipos: Normas Primarias de Calidad Ambiental y Normas Secundarias de Calidad Ambiental. Ambas tienen como finalidad establecer los límites mínimos y máximos de contaminantes permitidos en el ambiente. Ambas se dictan a través de decretos supremos.

Cuando se busca proteger la vida y

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Protección ambiental y primacía de la persona humana

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 02/06/2008 at 08:39 PM

Me permito en este instante alejarme un poco del ámbito eminentemente jurídico para presentar un poco la visión -personal y no vinculante- de la raíz de la protección ambiental.

Motivo de gran debate y cuestionamiento es la legitimidad de nuestra Constitución. Se ha señalado que es una norma que no reúne todos los pareceres de la amplia sociedad chilena, del seno poco democrático del cual surgió, etc. Si bien  muchas de las críticas son perfectamente fundadas o por lo menos debatibles, la verdad es que si hay algo bueno de nuestra Carta Fundamental es el énfasis en la primacía de

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La acción de protección ambiental

Posted by David in TERRITORIO COMUN on 24/05/2008 at 03:17 PM

El llamado recurso de protección es en términos simples una acción que tiene cualquier persona que  sufra una perturbacion o una amenaza   por actos u omisiones ilegales o arbitrarias en el ejercicio legítimo de sus derechos fundamentales. Estos derechos son en general los que señala los distintos números del artículo 19 de la Constitución, entre los que se cuenta el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Sin embargo, en el caso de este último derecho, la propia Constitución establece ciertas modificaciones a los requisitos necesarios para poder impetrarla, señalando que sólo procederá por "acto u omisión

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